Marco legal sobre libertad religiosa y su aplicación efectiva
El Preámbulo de la Constitución establece que el pueblo de Ecuador «reconoce nuestras raíces milenarias (...), celebra a la Pacha Mama (Madre Tierra) (...), invoca el nombre de Dios, y reconoce nuestras diversas formas de religiosidad y espiritualidad».
Ecuador se define como un Estado «intercultural, plurinacional y laico» (artículo 1).
El Estado garantiza «la ética laica como sustento del quehacer público y el ordenamiento jurídico» (artículo 3.4).
«Nadie podrá ser discriminado por razones de (…) identidad cultural (...), religión, ideología…» (artículo 11.2) .
El Estado reconoce y garantiza para todo individuo «el derecho a practicar, conservar, cambiar [o] profesar en público o en privado, su religión o sus creencias y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos [de los demás]». También «protegerá la práctica religiosa voluntaria, así como la expresión de quienes no profesan religión alguna» (artículo 66.8).
Conforme al artículo 19, «se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a (...) la intolerancia religiosa o política».
También se reconoce el derecho colectivo de las comunidades indígenas «de mantener, proteger y desarrollar los conocimientos colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes ancestrales» y «a recuperar, promover y proteger los lugares rituales y sagrados» (artículo 57.12). Asimismo, «la dignidad y diversidad de sus culturas y tradiciones» deben reflejarse «en la educación pública y en los medios de comunicación» (artículo 57.21).
Se reconoce el «derecho a guardar reserva sobre las propias convicciones», lo que incluye «las propias creencias religiosas». «Nadie podrá ser obligado a declarar sobre las mismas» (artículo 66.11). También se garantiza el «derecho a la objeción de conciencia» (artículo 66.12).
«La educación pública será universal y laica» (artículo 28), mientras que «las madres y los padres o sus representantes tendrán libertad para elegir para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas» (artículo 29).
La Ley Orgánica de Educación Intercultural, modificada en abril de 2021, garantiza una educación pública laica, que mantiene «la independencia de religiones, confesiones y doctrinas» (artículo 2.3.j).
El Código de la Niñez y Adolescencia garantiza «las libertades de pensamiento, de conciencia y de religión» a los niños y adolescentes (artículo 61), que tienen derecho a «conservar, desarrollar y fortalecer... su identidad y valores espirituales, culturales y religiosos» (artículo 34). El Código prohíbe además la utilización de niños «en programas o espectáculos que incluyan proselitismo político o religioso» (artículo 52).
En 1937, el Gobierno ecuatoriano y la Santa Sede firmaron un acuerdo por el que se garantiza a la Iglesia católica la libertad para desempeñar su ministerio e impartir educación. Se concede reconocimiento legal a las diócesis y a otras instituciones católicas.
Para registrarse, las organizaciones religiosas no católicas deben acreditar su carácter religioso. Están exentas de algunos impuestos y no pueden tener ánimo de lucro. En el momento en que cumplen estos requisitos, son legalmente reconocidas.
Sigue en vigor la Ley de Fe de 1937, que regula la forma en que deben registrarse las organizaciones religiosas. El Consejo Nacional de Libertad e Igualdad Religiosa (organización nacional que representa a las principales Iglesias legalmente establecidas en Ecuador) está a favor de que se elabore una nueva ley de libertad religiosa, al considerar que la legislación de 1937 es inadecuada.
En abril de 2022 entró en vigor la ley que despenaliza el aborto en caso de violación, reconociendo, dentro de ciertos límites, el derecho del personal médico a la objeción de conciencia.
Incidentes y acontecimientos
En agosto de 2021, el Tribunal Constitucional falló a favor de un grupo de testigos de Jehová, admitiendo que la paralización de la construcción de un lugar de culto vulneraba su derecho a la libertad religiosa.
En octubre del mismo año, el Tribunal determinó que la decisión del Ministerio de Turismo de utilizar a la Virgen del Cisne como patrona del Día Nacional del Turismo era inconstitucional, ya que vulneraba el principio de separación entre Estado y religión.
Un mes más tarde, el Tribunal escogió para el desarrollo de jurisprudencia el caso de un estudiante universitario adventista del Séptimo Día al que habían rechazado la solicitud de cambios en sus actividades académicas los sábados por motivos religiosos. El caso sigue su curso.
En abril de 2021, el Gobierno impuso el estado de emergencia debido al aumento de los casos de COVID-19, y prohibió el culto religioso. En diciembre, el Comité nacional de Operaciones de Emergencia suspendió todos los actos religiosos públicos y privados, entre ellos las celebraciones navideñas, a pesar de que la libertad religiosa solo puede restringirse en casos muy concretos y por ley.
En mayo de 2021, antes de dejar el cargo, el presidente saliente Lenín Moreno suprimió las subvenciones a los colegios católicos, negando a los profesores la bonificación que les correspondía. En la ceremonia de traspaso oficial de poderes, el presidente Guillermo Lasso incluyó ritos religiosos. En su discurso, declaró que iba a ser jefe de un Estado laico, lo que no significa negar el ámbito espiritual. También hizo un llamamiento a la reconciliación entre el Estado y las religiones.
En los centros penitenciarios ecuatorianos se produjeron importantes enfrentamientos entre bandas vinculadas al narcotráfico que ponía de manifiesto el estado crítico del sistema penitenciario del país. Entre octubre y noviembre de 2021, en la prisión de Guayaquil murieron 187 reclusos. Entre abril y mayo de 2022, murieron 64 presos en otros dos centros penitenciarios. La Iglesia pidió el fin de la violencia y el arzobispo Luis Cabrera, presidente de la Conferencia Episcopal de Ecuador, criticó el hacinamiento y las deficiencias del sistema de rehabilitación de los presos.
El presidente Lasso convocó una Comisión de Diálogo Penitenciario y Pacificación, en la que participaron las Iglesias católica y evangélica. Un portavoz presidencial señaló que desarrollar un proceso de pacificación no implica imponer una religión a los presos. En febrero de 2022, la Comisión subrayó la necesidad del acompañamiento espiritual en las prisiones.
En junio de 2022 estalló una crisis sociopolítica que comenzó con las protestas por el aumento de los precios del combustible. Los grupos indígenas convocaron una huelga general y organizaron cortes de carreteras; en respuesta, el Gobierno impuso el estado de emergencia.
Los grupos religiosos pidieron al Gobierno y a las asociaciones indígenas que entablasen el diálogo. Gracias a los esfuerzos de mediación de la Iglesia católica, se encontró una solución pacífica y el 30 de junio se firmó un acuerdo. En julio, las mesas de diálogo comenzaron a trabajar con la Conferencia Episcopal como garante.
Durante el período estudiado en este informe, la Iglesia católica ha pedido que se refuerce el sistema judicial, ha instado a la vacunación debido a la pandemia y ha fomentado la cooperación entre la Iglesia y el Estado. Dada la violencia y la inseguridad vinculadas al narcotráfico, los obispos ecuatorianos se pronunciaron en defensa de las instituciones del país, invitando a los interesados a dialogar. Tras la decisión del Tribunal Constitucional en abril de 2021, y la posterior votación en la Asamblea Nacional en febrero de 2022 que confirmó la despenalización del aborto en casos de violación, la Conferencia Episcopal Católica criticó la imposición de una «cultura de la muerte».
En octubre de 2021, fueron dañadas imágenes religiosas en una iglesia de Loja durante un robo; en marzo de 2022, durante la Marcha del Día de la Mujer, un grupo de vándalos realizó pintadas en la iglesia de Santo Domingo.
En mayo de 2022, el Centro Wiesenthal acusó al diario El Comercio de antisemitismo por una caricatura que publicó dedicada a la visita del presidente Lasso a Israel.
Respecto a la pandemia de la COVID-19, en diciembre de 2021 una serie de grupos decidieron no vacunarse debido a sus creencias religiosas. Las celebraciones religiosas presenciales se reanudaron a finales de 2021 y se llevaron a cabo con normalidad durante la Semana Santa de abril de 2022.
En el período estudiado en este informe se ha avanzado en la jurisprudencia relacionada con los pueblos indígenas: se ha reconocido su derecho a la autodeterminación, así como el ejercicio de su derecho propio y sus prácticas ancestrales, y se han aceptado reclamaciones en relación con las actividades realizadas en sus territorios ancestrales que han afectado a sus prácticas y costumbres, a menudo vinculados a su particular visión del mundo y a sus creencias.
Futuro de la libertad religiosa
Los últimos años han estado marcados en Ecuador por crisis que reflejan rupturas sociales profundas y se ha verificado el aumento de la violencia y el narcotráfico. Las Iglesias son agentes de mediación y diálogo aceptados. Se está desarrollando una nueva jurisprudencia en materia de libertad religiosa, cuyo resultado habrá que observar atentamente. A pesar de algunos casos aislados (la supresión de un bono escolar católico y una acusación de antisemitismo), no se han registrado incidentes importantes de intolerancia o discriminación. Las perspectivas para la libertad religiosa siguen siendo positivas.