Marco legal sobre libertad religiosa y su aplicación efectiva
La Constitución de Malasia protege la libertad religiosa. Sin embargo, los derechos e intereses de las comunidades religiosas tanto mayoritarias como minoritarias están limitados por los privilegios constitucionales y legales que se le otorgan al islam suní tal y como lo interpreta el Gobierno. Según la Constitución, «el islam es la religión de la Federación (de Malasia), aunque en toda la Federación se pueden practicar en paz y armonía otras religiones» (artículo 3.1). El artículo 11 establece que «toda persona tiene el derecho a profesar y practicar su religión», pero, al mismo tiempo, el párrafo 4 del mismo artículo declara que las leyes de los estados y del Gobierno federal «pueden controlar o restringir la difusión de cualquier doctrina o creencia religiosa entre quienes profesan la religión del islam». Las disposiciones de la Constitución han sido interpretadas para que los estados impidan que los musulmanes se conviertan a otras religiones y que restrinjan cualquier secta minoritaria musulmana que las autoridades religiosas de Malasia consideren desviada.
La Carta Magna define que malasio es, entre otras cosas, «aquel que profesa la religión del islam» (artículo 160). Los bumiputeras, los malayos por etnia (en la Malasia peninsular), y los grupos indígenas (en la Malasia Oriental), que representan alrededor del 70% de la población, están considerados oficial y constitucionalmente distintos de otros grupos étnicos desde el punto de vista étnico y religioso. Estas minorías étnicas son fundamentalmente de origen chino e indio y siguen el budismo, el hinduismo, el cristianismo, otras religiones, o no tienen religión.
Los no malasios tienen libertad para convertirse a la religión que quieran, incluida el islam. Por el contrario, está oficialmente prohibida la conversión de los malasios musulmanes a cualquier religión fuera del islam porque supondría una apostasía. Sin embargo, algunas informaciones sugieren que técnicamente existe un procedimiento mediante el cual los musulmanes pueden convertirse a otra religión abandonando el islam, un proceso largo que requiere el consentimiento oficial de un tribunal de sharía conforme a la ley islámica estatal. Este consentimiento obliga a su vez a que quienes quieran convertirse pasen meses en centros religiosos de «rehabilitación» en los que se les presiona para que sigan siendo musulmanes.
En una serie de juicios, los tribunales civiles decidieron que los casos de apostasía se debían llevar ante los tribunales de sharía, que nuevamente deben dar su consentimiento oficial a cualquier conversión. Sin embargo, en los últimos años, los tribunales civiles han podido intervenir en algunos casos en los que había fundadas sospechas de que los individuos en cuestión no habían sido musulmanes anteriormente.
En un caso histórico, en mayo de 2016, una mujer hindú, Indira Gandhi (sin relación con la líder india), expuso con éxito ante el máximo órgano judicial del país, el Tribunal Federal, que los esfuerzos de su marido, antiguo hindú convertido al islam, para convertir a sus tres hijos no eran válidos y por lo tanto nunca habían sido musulmanes. Por lo tanto, los tribunales de sharía carecían de jurisdicción sobre su identidad y sus opciones religiosas. Además, en 2016, «el Tribunal Superior de Sarawak permitió a Rooney Rebit, cristiano practicante, convertirse a otra religión abandonando el islam... En este caso concreto, el Tribunal había considerado que se trataba de una cuestión constitucional y no jurisdiccional. Aunque había reconocido que los tribunales de sharía tienen jurisdicción sobre las cuestiones de conversión, el Tribunal manifestó que era evidente que Rooney nunca había sido musulmán anteriormente (no es necesario practicar la ley islámica para saber que una persona no practica el islam)».
Todos los musulmanes de Malasia se rigen por la ley islámica impuesta por medio de los decretos islámicos del Estado, que sitúan todas las cuestiones de derecho personal (es decir, matrimonio, divorcio y herencia) bajo la jurisdicción de los tribunales islámicos o de sharía. Una disposición constitucional establece que los tribunales civiles no tienen ninguna jurisdicción sobre los asuntos que son competencia de los tribunales de sharía.
Cada estado de Malasia tiene su propia autoridad islámica que gobierna los asuntos musulmanes en ese estado. Las autoridades islámicas estatales han dejado de lado, en gran medida, las formas minoritarias del islam mediante la regulación de la actividad religiosa. Por ejemplo, en 1996 el Consejo Nacional de Fetuas declaró desviado el islam chií y lo prohibió totalmente, a pesar de que en Malasia hay cientos de miles de chiíes practicantes. La autoridad religiosa federal, el Departamento de Desarrollo Islámico (JAKIM), junto con los comités estatales de fetuas, vigilan estrechamente de cerca y controlan de forma sistemática todas las formas e interpretaciones del islam en Malasia. Las autoridades religiosas del Estado desempeñan un papel de supervisión sobre las mezquitas, influyen en el contenido de los sermones y se aseguran de que las enseñanzas que transmiten se ajusten a la ortodoxia suní tal y como la interpreta el Estado.
Numerosas publicaciones musulmanas chiíes siguen prohibidas por la Ley de Comunicaciones y Multimedia de 1998. Desde 2015 se viene produciendo un aumento de las acciones legales para «presionar, investigar y/o detener a los medios de comunicación, a los editores de alto nivel y a los periodistas autónomos que supuestamente habrían sobrepasado los límites de la información crítica». Además, «hacer proselitismo o difundir el islam chií puede suponer un mayor riesgo de discriminación oficial, y puede acabar en arrestos u otras formas de acoso por parte de las autoridades estatales». Según el Informe Anual de 2022 de la Comisión de Libertad Religiosa Internacional de Estados Unidos, el programa de estudios de religión para alumnos musulmanes de 16 a 17 años incluye material que presenta expresamente al islam chií como «desviado» y al suní como «superior».
La Ley de Imprentas y Publicaciones de 1984 plantea problemas a los grupos no musulmanes con respecto al uso de la palabra «Dios». Según dicha ley, la palabra «Alá» (término árabe para Dios) es exclusiva del islam. Esto ha llevado a la prohibición de una Biblia malaya que utiliza la palabra «Alá» para referirse a Dios, y a la incautación, en los últimos años, de más de 20 000 ejemplares de la Biblia que hacen referencia a Dios como «Alá».
El 23 de junio de 2014, el Tribunal Federal de Malasia se negó a atender un recurso presentado por la Iglesia católica que impugnaba la prohibición del uso de la palabra «Alá» por parte de los no musulmanes. Según el Herald Malaysia, semanario católico malayo, prohibir el uso de «Alá» en las publicaciones no islámicas es inconstitucional y constituye una violación de la libertad religiosa. El Gobierno interpretó que la sentencia del Tribunal de Apelación solo se podía aplicar a la publicación católica en cuestión, aunque sentó un precedente legal para la prohibición general del uso del término entre los no musulmanes. El Tribunal declaró que el uso de la palabra «Alá» no es esencial o integral a la fe cristiana y pasó a imponer la verificación de cada discurso o práctica religiosa no musulmana por si ofende a los musulmanes.
El 11 de marzo de 2021, el Tribunal Superior de Malasia anuló la sentencia que prohibía el uso de la palabra «Alá» a los no musulmanes. El juez Nor Bee determinó que la prohibición era «ilegal e inconstitucional» y que «la libertad de profesar y practicar la propia religión tiene que incluir el derecho a poseer material religioso».
En Sarawak, la mayor parte de la población es cristiana. Sin embargo, en ese estado está arraigada la discriminación contra ciertas instituciones religiosas cristianas. Las iglesias más grandes y populares están reconocidas por una Ordenanza de Sociedades Misioneras, pero las iglesias más pequeñas, sobre todo, se enfrentan a importantes dificultades para registrarse y obtener el reconocimiento y el apoyo del Gobierno. Además, esas iglesias más pequeñas tienen dificultades a la hora de solicitar subvenciones a UNIFOR (siglas en inglés para el Departamento para Otras Religiones), agencia del Gobierno estatal de Sarawak creada en 2017. En septiembre de 2020, el viceministro jefe de Sarawak, Datuk Amar Douglas Uggah, confirmó la política del Gobierno de que solo los grupos religiosos registrados en el Registro de Sociedades, o en la Ordenanza estatal de Sociedades Misioneras, pueden recibir apoyo económico del UNIFOR.
Incidentes y acontecimientos
Durante el período estudiado en este informe, en Malasia se ha seguido sufriendo una considerable intolerancia y hostilidad religiosas, incluso contra los cristianos. En abril de 2021, volvió a aparecer en Internet un libro titulado Pendedahan Agenda Kristian (Exponiendo la agenda cristiana). Publicado por primera vez en 2014 por el Consejo Religioso Islámico de Selangor, el libro tacha a los cristianos de enemigos del islam y advierte de que una «agenda cristiana es un movimiento organizado muy astuto que con frecuencia pasa desapercibido».
El 8 de septiembre de 2021, el Consejo Consultivo Malayo del Budismo, el Cristianismo, el Hinduismo, el Sijismo y el Taoísmo (MCCBCHST) declaró que se alegraba de que cuatro nuevos proyectos de ley de la sharía propuestos por el viceministro para asuntos religiosos, Ahmad Marzuk, no salieran adelante. Para el viceministro, formaban parte de un «plan de potenciación» para reforzar las leyes de la sharía, pero organizaciones que representan a las minorías, como el MCCBCHST y la Archidiócesis de Kuching, se opusieron firmemente al plan, argumentando que estos proyectos de ley irían en contra de la protección constitucional de Malasia en materia de libertad religiosa.
Los refugiados rohinyás de Myanmar han seguido sufriendo en estos años la persecución y la hostilidad en medio de un ambiente xenófobo generalizado, con las redes sociales avivando el «miedo a perder los puestos de trabajo en favor de los extranjeros».
Malasia acoge a unos 181 000 refugiados y solicitantes de asilo, muchos de ellos rohinyás, pero no forma parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de Naciones Unidas de 1951. La pandemia de la COVID-19 ha afectado de forma desproporcionada a los rohinyás debido a que a muchos de ellos les resulta imposible conseguir los documentos que les hubieran dado acceso legal a los servicios sociales, quedándose sin trabajo y sin medios para mantenerse. Las mujeres rohinyás también han sido a menudo víctimas de acoso sexual y de humillación corporal.
El 20 de abril de 2022, seis rohinyás de un grupo de 528 murieron durante una fuga de un centro de detención temporal en el norte de Malasia. ACNUR informó de que, debido a que el Gobierno no les permite acceder a los centros de detención de inmigrantes, muchas personas vulnerables se quedaron sin asistencia.
El 4 de junio de 2022, detuvieron a una mujer malasia llamada Siti Nuramira por presuntos insultos al islam, conforme al artículo 7 de la Ley de Delitos Penales de la Sharía de los Territorios Federales, durante una actuación en un club de monólogos. El 19 de julio de 2022, un día antes de que se le imputaran cargos, fue puesta en libertad. No obstante, el Departamento de Religión Islámica del Territorio Federal (Jawi) aún tiene previsto procesarla.
Varios expertos han denunciado que en el estado de Sabah los funcionarios del Gobierno a veces cambian arbitrariamente la identidad religiosa oficial de los cristianos por la de musulmanes, práctica ante la que los cristianos se encuentran prácticamente indefensos. Abogados especializados en libertad religiosa y derechos humanos han denunciado casos de cristianos identificados como musulmanes en sus documentos de identidad. Expertos en Sabah también indican que durante el período estudiado se han añadido otras restricciones, por ejemplo, al proselitismo cristiano, a que las Iglesias puedan acoger a inspectores e investigadores de cualquier origen, y a que los alumnos cristianos tengan libertad para rezar abiertamente en algunas escuelas.
Futuro de la libertad religiosa
Numerosas altas autoridades malasias, tanto musulmanas como de otras creencias, siguen estando profundamente insatisfechas con el opresivo clima religioso y político del país.
Aunque durante el período estudiado se han producido algunos avances, como la eliminación de la prohibición del uso de la palabra «Alá» por parte de los no musulmanes y la no aplicación de otras leyes de la sharía que habrían obstaculizado la libertad religiosa de las minorías, las restricciones religiosas generales, tanto para los musulmanes como para otros creyentes, siguen siendo graves, sistemáticas y generalizadas. Entre otros muchos problemas graves, los refugiados rohinyás (mayoritariamente musulmanes) siguen sufriendo discriminación y se les niega sistemáticamente la protección básica y los servicios gubernamentales.
Además, el sistema jurídico dual de Malasia permanece en gran medida intacto, conservando una enorme contradicción entre una ideología nacionalista étnico-religiosa reforzada por el Estado y la protección de la igualdad y los derechos humanos fundamentales en el marco del Estado de derecho. Las perspectivas para la libertad religiosa siguen siendo negativas.